En el año 2005 El Monte «El Viejo», el histórico monte por excelencia tan querido por los palentinos, fue declarado Zona Natural de Interés Especial y Esparcimiento (Orden MAM/1081/2005, de 10 de agosto, por la que declara Zona Natural de Esparcimiento el Monte «El Viejo», propiedad del Ayuntamiento de Palencia y situado en el término municipal de Palencia), figura de protección recogida en la Red de Espacios Naturales de Castilla y León, la Ley 8/1991 de espacios naturales de Castilla y León define estas zonas a aquellos espacios naturales que se encuentran accesibles por la población humana desde los grandes núcleos urbanos (en otras zonas de España se les conoce como Parques Periurbanos), con la finalidad de proporcionar a su población lugares de descanso, recreo y esparcimiento. Esta figura indica que el uso recreativo de estas zonas es perfectamente compatible con la conservación de sus valores naturales y que permite ser un elemento disuasorio que evite la gran afluencia de visitantes a espacios naturales más frágiles. La figura de protección «a priori» puede ser suficiente, sin embargo es chocante que a pesar de su elevada calidad paisajística y biodiversidad en flora y fauna, comparables o incluso superando en algunos casos a otras zonas de los Montes Torozos linde con Dueñas, Autilla u otras zonas de montes de El Cerrato de igual tipología, estos han sido propuestos en 1995 como Lugar de Interés Comunitario (LIC), futuras zonas ZEC, dentro de la Red Natura 2000, pero Monte «El Viejo» no.
Todo parecía ir en la buena dirección, para la mejor conservación de nuestro querido monte hasta que a partir de 2020 la situación dio un espectacular giro de 180º, y es que no deja de ser nada sospechoso observar cómo se han incrementado de forma exponencial, tanto en superficie como frecuencia en un mismo año las rozas o talas que se están llevando a cabo y que ha asombrado e indignado a muchas personas que visitamos con asiduidad el monte. ¿Se trata de un nuevo modelo de gestión forestal o es un «greenwhashing»?. Se esta rozando de manera totalmente desproporcionada el monte, abriendo calles de 60 a 80 m de ancho a ambos lados de los principales caminos y carreteras de acceso al monte, así como el perimetro del páramo, extrayendo entre el 50% al 60% del arbolado existente, en algunos casos ejemplares casi centenarios con más de 30 y 40 cm de diámetro, así como eliminando las orlas arbustivas y comunidades herbáceas umbrófilas propias de este tipo de bosques maduros, ni que decir de las numerosas especies de líquenes que estaban adheridas a sus ramas y troncos, en definitiva la destrucción del ecosistema, pues no solo desaparece la flora sino que también se elimina parte de la fauna beneficiosa asociada, y por contra la proliferación de otra fauna, principalmente insectos xilófagos, que pueden constituir una plaga forestal y agrícola.
Se ha comentado por parte de las autoridades públicas, que estas labores están encaminadas para prevenir incendios, pero realmente ¿es absolutamente necesario abrir durante kilómetros calles de 60 a 80 m de ancho entorno a carreteras de acceso al monte, caminos y perímetro del páramo eliminando en tan poco espacio de tiempo entre el 50% y el 60% del arbolado existente, orlas arbustivas y herbáceas inclusive?
Javier Rico, del Periódico digital Energías Renovables, informó en el 17 de junio de 2021 que la multinacional Engie y la empresa española DH Eco Energías invertirían 25 millones de euros en la construcción de una red de calor con biomasa en Palencia. La instalación pretendía llegar a 10.000 hogares a partir de una central de 28 MWt y que contaría con el respaldo de calderas de gas. La red se colocaría entre las primeras a implantar por DH Eco Energías, que lleva años promoviendo este tipo de instalaciones y que llegó a proyectar veintiséis en otros tantos municipios de España.
Este sistema, que de «ecológico» tiene más bien poco, en algunas ciudades ya se están usando y lo que se quema no son rastrojos y restos de poda, sino árboles que provocan deforestación y en consecuencia alteración de los ecosistemas. El resultado de las emisiones a la atmósfera generadas por el empleo de este combustible es una cantidad exagerada de dióxido de carbono, monóxido de carbono, partículas sueltas, metano y óxido nítrico a parte de otros. Ya se conocen casos de trabajadores de otras plantas afectados por estas supuestas «energías limpias». Las pérdidas de calor a lo largo de la Red son realmente desproporcionadas, y con la quema de la biomasa se emite más CO2 que cualquier otro combustible. Para reducir estas elevadas emisiones y aumentar la eficiencia calorífica, se «trampea» con la inyección de otra parte proporcional de gas natural, lo cual nos viene a indicar que hoy por hoy el gas natural sigue siendo el combustible más limpio.
DH Eco Energías, miente u oculta información cuando incluso desde su página web dice «no emplear combustibles fósiles»:
«…esta central térmica suministra agua caliente a miles de hogares de la ciudad de Palencia. Para ello, utiliza como principal materia prima energética la biomasa forestal, a partir de recursos locales, sin emplear combustibles fósiles y apostando por una fuente de energía renovable, más limpia y económica».
https://arquitecturaviva.com/obras/central-termica-ecologica-dh-ecoenergia-en-palencia
Sin embargo en la página web del Gobierno de España/Ministerio de Economía, Comercio y Empresa/ICO, si menciona el uso de «calderas de gas natural» aunque matiza que de forma «adicional»:
«La planta de generación térmica se ha diseñado para ser construida en tres fases según la extensión de la red y la demanda, con una solución de biomasa (astillas de madera) y calderas de gas natural adicionales para garantizar la seguridad de suministro en situaciones de emergencia para picos y respaldo, alcanzando una capacidad final total de 28 MWt».
Se quiere reducir el consumo de gas y gasoil, sobre todo como excusa después del inicio del conflicto bélico originado en el 2022 en Ucrania, una guerra de poderes entre EEUU y RUSIA/CHINA por hacerse con el control de las materias primas y las fuentes energéticas en el mundo.
Puesto que se trata de un «Espacio Natural Protegido», según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en el Título III se centra en la Conservación de la biodiversidad silvestre, estableciendo la obligación de que las Comunidades autónomas adopten las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, atendiendo preferentemente a la preservación de sus hábitats y estableciendo regímenes específicos de protección para aquellas especies silvestres cuya situación así lo requiera.
Así mismo, según la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León contempla en su Artículo 3 el «Deber de conservación», de tal manera que en su punto 1 señala que «los poderes públicos de Castilla y León, las entidades de derecho público y privado y todos los ciudadanos tienen el deber de respetar y conservar el patrimonio natural, así como la obligación de restaurar o reparar el daño que pudieran causar a los recursos naturales por un uso inadecuado de los mismos, en los términos previstos en la presente ley». Debemos recordar que este tipo de actuaciones que están teniendo lugar no solo degrada el ecosistema forestal existente sino también los caminos existentes, y la administración pública no esta teniendo en cuenta tampoco este aspecto. Además en su punto 2 contempla que las administraciones públicas, en el ámbito de Castilla y León:
a) Llevarán a cabo las actuaciones previstas en el artículo 5.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
b) Adoptarán las medidas preventivas necesarias para evitar la ejecución de acciones contrarias a los objetivos de esta ley y, en su caso, determinarán las medidas oportunas para la corrección de los daños y perjuicios ocasionados.
c) Cooperarán y colaborarán en materia de conservación del patrimonio natural.
Así viene contemplado también en el Capítulo IV de dicha ley, «Obligación de restauración e indemnización, concretamente en el artículo 128 de «Restauración del medio natural dañado» dice lo siguiente:
- Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas y de las indemnizaciones que en cada caso procedan, el responsable del daño deberá proceder a la restauración del espacio o zona dañada en el menor tiempo, cuando ello sea posible y en la forma que determine la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural. Respecto a la Responsabilidad Medioambiental se estará a lo regulado por la Ley 26/2007, de 23 de octubre.
- Si no fuera conveniente o técnicamente posible devolver la realidad física a su estado originario, pero el daño pudiera ser reparado, el órgano competente para la resolución del correspondiente procedimiento sancionador fijará al responsable otras medidas sustitutivas tendentes a su reparación, sin que en ningún caso el importe de las nuevas suponga menor costo económico que el de las medidas que hubieran procedido para la restauración.
- La consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural podrá proceder a la ejecución subsidiaria de los trabajos de restauración del medio natural a costa del obligado, pudiendo, en estos casos, acordar la ocupación de los terrenos afectados para tal fin y durante el tiempo preciso para ello.
En el artículo 129 vienen definidas los requerimientos por «Indemnización por daños y perjuicios»:
1. El responsable del daño causado está obligado a indemnizar la parte de los daños y perjuicios que no puedan ser reparados, incluidos los resultantes de acciones destinadas a impedir la propagación del daño o para neutralizar la causa que lo ocasionara, en el plazo que, en cada caso, se fije en la resolución correspondiente.
2. La consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural podrá establecer, mediante orden, el valor de determinados elementos del patrimonio natural con el fin de determinar la cuantía de la indemnización por daños y perjuicios derivados de la comisión de infracciones previstas en esta ley.
La cuestión pues es que cualquier tipo de actuación sobre este medio natural, máxime dadas las circunstancias de que se trata de un espacio natural protegido, cualquier tipo de injerencia sobre su hábitat debe ser previamente analizada y con rigurosidad. En este caso debemos plantear las siguientes preguntas a la Junta de Castilla y León:
- ¿Se ha realizado previamente algún estudio de impacto ambiental para calcular las consecuencias ecológicas de estas actuaciones?.
- ¿Existe alguna relación de estas talas de semejante envergadura con la «Red de Calor» puesta en marcha a finales de 2021 en la ciudad de Palencia basada en la obtención de «energía renovable» a partir de la valorización energética de lo que denominan ellos como «restos de podas»?.
Esta «nueva» gestión forestal que se está llevando a cabo parece hacernos retroceder a tiempos anteriores de 1970, donde primaba más los objetivos industriales (pero esta vez con claros tintes de ser más propios de contubernios públicos-privados), que de objetivos conservadores.
El efecto que se está consiguiendo con este tipo de actuaciones es una merma considerable de la biodiversidad: se eliminan orlas arbustivas, plantas umbrófilas propias de ecosistemas forestales maduros, e incluso especies protegidas, y por consiguiente también la fauna invertebrada asociada. En cambio la ingente abundancia de restos de madera esparcidos por el monte no solo provoca la fuerte aparición de poblaciones de xilófagos que puede convertirse en verdaderas plagas acarreando importantes daños forestales y agrícolas, sino que provoca alteraciones en el pH del suelo, que tiene como resultado la acidificando no solo del sustrato sino de las aguas temporales que se dan en ciertas zonas como la Cantera del agua, con la consiguiente perturbación del hábitat para muchas especies sensibles como los anfibios que ya de por si se encuentran seriamente amenazados.
Hay que informarse de todo, y no lo están haciendo, no les interesa a los políticos, que sólo quieren mantenerse en el poder para beneficiarse a si mismos y a los que les bailen el agua. No interesa que el ciudadano de a pie reciba la información correcta, que conozca lo que se va a quemar y por qué (inyectan gas porque sino habría que deforestar extensas áreas forestales para calentar la ciudad que sería imposible), y ¡oh, que casualidad! que los particulares tienen prohibido extraer madera del monte, pues lo que se tale ahora en el será para beneficio de ciertas empresas «grandes » que gestionan lotes. En resumen: dinero a paladas de Europa, malgastado para el beneficio de la(s) empresa(s) adjudicataria(s), o sea, los de siempre.
Para colmo de estos despropósitos, se une desde hace varios meses el vertido de aguas fecales, probablemente bien por accidente o bien por desidia, provenientes de las instalaciones del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica Ntra. Sra. de la Calle (C.A.M.P.). Los hechos fueron puestos en conocimiento el 28 de febrero de 2024 al SEPRONA, sin embargo como el monte administrativamente pertenece al municipio de Palencia, los hechos fueron trasladados a la Policía Local de Palencia por ser esta su competencia administrativa. Se han presentado se le han pedido la documentación pertinente para comprobar la presencia de una depuradora o fosa séptica, y efectivamente tienen la infraestructura, pero evidentemente está se encuentra obsoleta o deteriorada y no es capaz de realizar correctamente su función.
Sin embargo a día de hoy no se han visto resultados de haber ejecutado diligencias oportunas para detener dichos vertidos pues estos siguen así:
El vertido sale justo por detrás de la Reserva de Ciervos, junto al camino que une Paredes del Monte y Villamuriel del Cerrato, y las aguas fecales discurren por escorrentía superficial hasta donde se encuentra actualmente la conocida Charca del Cigarral, uno de los pocos humedales seminaturales que existen en el monte, y cuya fauna anfibia que este año se prodiga gracias a las precipitaciones caídas durante las últimas semanas, fundamentalmente sapo corredor y sapillo moteado, esta está viendo amenazada su existencia, maxime en estos momentos en los que además se acaba de iniciar el periodo de reproducción.
Como se trata de una entidad que depende de la Junta de Castilla y León, urge por tratarse de un daño causado aun «Espacio Natural Protegido» que actúe con la mayor celeridad posible para detener estos vertidos, realizando las obras de saneamiento oportunas, siendo con ello consecuentes con las mismas leyes que promulgan. La ley es igual para todos, para Uds. también.